A- de 2012
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Samuel Ernesto Badillo Fontalvo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia según lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto 2067/91
- Reiteración de jurisprudencia
- Cumplimiento de presupuestos formales y materiales
- Competencia para resolver solicitud de nulidad de la sentencia T-619/2011 proferida por Sala de Revisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Nulidad de la sentencia T-169/11.
El peticionario considera que la Sala de Revisión vulneró el derecho al debido proceso al desconocer el principio de la cosa juzgada y al incurrir en ostensibles yerros en la aplicación de la jurisprudencia.
La Sala reitera que el desacuerdo con la interpretación realizada por una Sala de Revisión con la valoración probatoria o con los criterios argumentativos que respaldan la sentencia, no constituyen fundamentos suficientes para solicitar su nulidad, por el contrario, se trata de apreciaciones propias del inconformismo del solicitante con la decisión, que no constituyen desconocimiento del debido proceso.
Se decide NEGAR la solicitud de nulidad impetrada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. NEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-169 de 2011 proferida por la Sala Primera de Revisión.
- Segundo. Comuníquese la presente providencia al peticionario, con la advertencia que contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.